Qué debe llevar el conductor a bordo: la copia del DeCA

Qué es
El DeCA es el documento electrónico de control administrativo del transporte de mercancías por carretera: el documento de control que ya exigía la Orden FOM/2861/2012, en formato electrónico (Resolución de 5 de junio de 2026).
Desde cuándo
Es obligatorio en formato electrónico desde el 5 de octubre de 2026 (Ley 9/2025, disposición transitoria 8.ª). El documento ya era obligatorio; lo que cambia es el formato.
Quién responde
El cargador contractual y el transportista efectivo responden de que el documento se formalice y vaya a bordo; cada uno responde de sus datos (Orden FOM/2861/2012, art. 7).
Qué debe llevar
Los datos del art. 6 de la Orden FOM/2861/2012: cargador y transportista con sus NIF, matrícula, origen, destino, naturaleza de la mercancía y peso o bultos, fecha y, cuando aplica, la autorización especial.

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Quién tiene que llevarlo

El transportista, en el vehículo. Responde de que el documento se formalice y de que vaya a bordo (Orden FOM/2861/2012, arts. 7.1 y 8), y de los datos del vehículo y del transporte: fecha, matrícula y, cuando proceda, la autorización especial de circulación (art. 7.3).

Qué lleva el conductor

Una copia del documento electrónico: el PDF con su código QR y su URL de descarga directa, en el móvil o impresa (Resolución de 5 de junio de 2026, apartado séptimo). El QR y la URL permiten comprobar el documento en carretera (apartado segundo).

Si el documento cambia durante el servicio

El documento puede completarse o rehacerse durante el servicio conservando el original, y el conductor recibe el PDF actualizado (apartado quinto). El conductor debe llevar la última versión.

Un documento por envío

La unidad es el envío (art. 1; en los contratos continuados, un documento por envío, art. 3.2). Varios envíos pueden ir en un mismo DeCA solo si coinciden cargador contractual y transportista efectivo, identificando origen, destino, naturaleza y peso de cada envío (Resolución, apartado sexto).

Antes de salir

VeriDeCA lee el QR o el PDF y comprueba que el documento se descarga, que lleva los datos que exige el art. 6 y que su formato es el de la Resolución. Es una comprobación de Inveradata, no una declaración oficial. Con CreaDeCA, el transportista recibe la copia y, si el documento se rehace, la versión vigente.

Preguntas frecuentes

¿Basta con llevarlo en el móvil?
Sí: la copia del conductor puede ir en el móvil o impresa (apartado séptimo).
Soy autónomo y conduzco yo: ¿qué datos pongo?
Los del transportista efectivo: nombre o denominación social y NIF (art. 6), fecha, matrícula y, cuando proceda, autorización especial (art. 7.3). El resto los aporta quien te contrata.
¿Cuánto tiempo hay que guardar el documento?
Al menos un año (art. 9). → Cuánto tiempo hay que conservar el DeCA.
Si emites el documento: CreaDeCA lo genera desde el albarán, con QR. Empezar la prueba
Si te lo entregan: VeriDeCA comprueba el DeCA que recibes, sea de quien sea. Empezar gratis

Fuentes: Orden FOM/2861/2012, arts. 1, 3.2, 6, 7, 8 y 9 · Resolución de 5 de junio de 2026, BOE-A-2026-12784, apartados segundo, quinto, sexto y séptimo.

Fuentes oficiales

Plataforma DeCA (CreaDeCA y VeriDeCA) es un servicio de Inveradata Software, S.L., independiente de la Administración. No representa al Ministerio de Transportes ni a ninguna entidad pública ni presta servicios en su nombre. Esta página es información general, no asesoramiento jurídico.

Inveradata Software, S.L. · NIF B93932879 · Versión de esta información: 22/09/2026. Detalle jurídico y metodología: leydeca.com.

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